La notaria María Cristina Buendía aclara que la vivienda conserva la consideración de habitual aunque el propietario lleve años en una residencia o la haya alquilado. La exención de la ganancia patrimonial en el IRPF aplica a mayores de 65 años y casos de dependencia.
La venta de la vivienda habitual de una persona mayor que se ha trasladado a una residencia puede quedar exenta de tributar la ganancia patrimonial en el IRPF. Lo explica la notaria María Cristina Buendía, que en una de sus últimas publicaciones aborda el caso de quienes deben vender la casa de un familiar que lleva años en un centro residencial, según recoge marca.com.
La clave está en que el inmueble puede seguir conservando la consideración de vivienda habitual a efectos fiscales. Buendía señala que esta previsión «afecta a mayores de 65 años que se hayan trasladado por razón de edad a una residencia». El beneficio se mantiene aunque haya pasado mucho tiempo desde que se dejó de residir en ella e incluso si la vivienda ha estado alquilada durante ese periodo.
«Aunque hayan pasado varios años desde que dejó de vivir en ella, e incluso aunque la vivienda haya estado alquilada durante ese tiempo, puede seguir conservando la consideración de vivienda habitual a efectos de aplicar la exención de la ganancia patrimonial en el IRPF», aclara Buendía.
La notaria también menciona otros supuestos que permiten aplicar la exención, como los casos de «gran dependencia o dependencia severa», así como el traslado al domicilio de familiares hasta tercer grado, tanto por consanguinidad como por afinidad.
Antes de poner el inmueble a la venta, Buendía recomienda revisar cada situación de forma individual. Considera que debe hacerse un análisis «específico» para comprobar si estas consideraciones afectan y de qué manera al caso concreto. La notaria insiste en que es una cuestión «especialmente importante» antes de tomar la decisión de vender.
Para los interesados, la exención por reinversión en vivienda habitual o por edad (mayores de 65 años) es la vía habitual para no tributar la ganancia patrimonial en el IRPF. En el caso de los mayores que se mudan a una residencia, la clave está en acreditar que el inmueble mantiene la consideración de vivienda habitual, algo que, según la notaria, conviene consultar con un asesor fiscal antes de formalizar la operación.

