Hacienda quiere retrasar Verifactu hasta octubre de 2028, pero el cambio no está publicado en el BOE. Mientras tanto, la norma vigente mantiene el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.
Hacienda ha comunicado su intención de retrasar Verifactu hasta octubre de 2028, pero el cambio todavía no aparece en el Boletín Oficial del Estado. Tal y como recoge Ecosistema Startup, la norma vigente sigue fijando el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de autónomos y empresas.
El anuncio se publicó el 5 de octubre en la página de la Agencia Tributaria dedicada a los sistemas informáticos de facturación. Figura como una previsión de ampliación del plazo, no como una modificación normativa aprobada, por lo que las fechas legales no cambian hasta que se publique la norma.
Es el cuarto cambio de calendario. Según Xataka, la fecha original era el 1 de julio de 2025. En abril de ese año se pasó al 1 de enero de 2026 para sociedades y al 1 de julio de 2026 para el resto, y en diciembre se desplazó a enero y julio de 2027.
La Orden HAC/1028/2026, publicada el 5 de octubre y en vigor al día siguiente, regula la solución pública de facturación electrónica. Con el Real Decreto 238/2026, la obligación de factura electrónica llega el 6 de octubre de 2027 para quien superó los ocho millones de euros de operaciones el año anterior, y el 6 de octubre de 2028 para el resto.
Hacienda busca que Verifactu y la factura electrónica coincidan, para que las empresas no tengan que adaptar sus sistemas dos veces en pocos meses. La asociación ATA llevaba tiempo reclamando esa coordinación. Su presidente, Lorenzo Amor, se pronunció en declaraciones recogidas por emprendedores.es:
Que las tres normativas y obligaciones avanzasen en plazos descompensados era un sinsentido operativo que iba a obligar al colectivo a realizar transiciones tecnológicas consecutivas.
Según pymesyautonomos.com, el anuncio no cierra el proceso. Después de aprobar la alineación, Hacienda tendrá que abordar otra modificación para converger con los requisitos de reporte digital de ViDA. Las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrán en términos «sustancialmente equivalentes», pero el alcance exacto queda pendiente.
Verifactu y la factura electrónica no son lo mismo. Verifactu, regulado por el Real Decreto 1007/2023, establece cómo el programa de facturación genera, conserva y protege los registros, de forma que no puedan alterarse ni eliminarse sin dejar rastro. La factura electrónica B2B, que procede de la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece), regula cómo se emiten e intercambian las facturas entre empresas y profesionales.
La confusión es amplia. Según el Observatorio TeamSystem 2026, elaborado por Ipsos a partir de 1.200 entrevistas y citado por Business Insider España, el 41% de las pymes y autónomos aún no distingue por completo ambos sistemas, y solo el 9% dice tenerlo claro y disponer de información suficiente.
Para un autónomo o una pyme, la prórroga aporta tiempo, pero no certeza jurídica. La vicepresidenta de ATA, Susana Romero, advirtió en la fuente original de que «de momento, solo existe un anuncio oficial, pero nada publicado en el BOE». Hasta que la norma se publique, la fecha vigente sigue siendo enero y julio de 2027.

