domingo, 4 de octubre de 2026

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Bruselas apercibe a España por no aplicar la directiva que permite indemnizar por contaminación industrial

La Comisión Europea da dos meses a España para completar la trasposición de la directiva de emisiones industriales, que incluye el derecho a indemnización por daños en la salud.

Beatriz Lorenzo Aguirre
Beatriz Lorenzo Aguirre
· 2 min de lectura

La Comisión Europea ha enviado una carta de requerimiento a España por no incorporar completamente la directiva sobre emisiones industriales, que debía estar en vigor desde el 1 de julio. La norma introduce el derecho a reclamar indemnizaciones por daños en la salud causados por incumplimientos ambientales.

España tiene dos meses para responder a la Comisión Europea y notificar las medidas que faltan para completar la trasposición de la directiva sobre emisiones industriales y ganaderas. El plazo para incorporarla al ordenamiento jurídico nacional terminó el 1 de julio de 2026 y ningún Estado miembro lo cumplió en su totalidad, según publica OK Diario.

Bruselas ha enviado una carta de requerimiento a los 27 países de la Unión Europea, entre ellos Francia, Alemania, Italia, Portugal, Bélgica y Suecia. Este es el primer aviso formal del procedimiento de infracción. Si España no responde de forma satisfactoria en ese plazo, la Comisión puede emitir un dictamen motivado y, si el incumplimiento persiste, llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La norma incorpora una novedad que afecta directamente a ciudadanos y empresas: reconoce el derecho a reclamar una indemnización por daños en la salud derivados de una infracción de las obligaciones ambientales. No basta con residir cerca de una instalación contaminante; debe existir un perjuicio concreto para la salud y una relación directa con el incumplimiento normativo.

El responsable de la compensación puede ser una persona física o jurídica, incluidas las empresas que gestionen instalaciones sujetas a estas obligaciones. Además, los procedimientos nacionales no podrán impedir en la práctica el ejercicio de este derecho. El plazo para reclamar no empezará a contar antes de que finalice la infracción y el afectado conozca, o pueda conocer razonablemente, el daño y su vínculo con ella.

La trasposición pendiente afecta a industrias y explotaciones ganaderas sometidas a la normativa de emisiones. España deberá detallar en su respuesta qué disposiciones ya ha aprobado y cuáles quedan por incorporar antes de que venza el plazo de dos meses.

Beatriz Lorenzo Aguirre

Escrito por

Beatriz Lorenzo Aguirre

Redactora

Periodismo económico por la Carlos III y lectora compulsiva de cuentas anuales. Cafés a destajo, alergia a las notas de prensa vacías y memoria para los ERE; en Diario Empresas escribe de empresas y empleo.