viernes, 16 de octubre de 2026

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Hasta el 19 de octubre, transportistas de 63 años o más pueden pedir la ayuda

Transportistas autónomos de 63 años o más que dejen la actividad tienen hasta el 19 de octubre de 2026 para presentar la documentación. La ayuda cuenta con 9,6 millones de euros.

Marta Uriarte Elizondo
Marta Uriarte Elizondo
· 2 min de lectura

Los transportistas autónomos de 63 años o más que dejen la actividad tienen hasta las 23:59 del 19 de octubre de 2026 para presentar la documentación de la ayuda, dotada con 9,6 millones de euros.

El plazo para presentar la documentación de la ayuda a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad termina a las 23:59 del 19 de octubre de 2026. La convocatoria cuenta con un presupuesto de 9,6 millones de euros y la gestiona el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con la información publicada por cronista.com.

La resolución de concesión está firmada del 26 de agosto y se publicó en el BOE el 1 de septiembre, con la lista de beneficiarios. La ayuda forma parte de las medidas que el Gobierno impulsa para el sector, como la jubilación anticipada para conductores profesionales.

Pueden optar los autónomos de al menos 63 años. Quienes tengan reconocida una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez acceden sin cumplir el requisito de edad. Según la Orden FOM/3218/2009, el solicitante debe haber sido titular de una autorización de transporte público durante los últimos diez años, haber estado dado de alta en el RETA en ese periodo y estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. A cambio, se compromete a renunciar a sus autorizaciones y a no volver a ejercer la actividad.

Las solicitudes compiten por un crédito limitado y la edad da prioridad: a mayor edad, más puntuación. En la resolución de 2026, todos los beneficiarios recibieron la cuantía por renuncia a la autorización, y ninguno cumplió las condiciones de la modalidad adicional, que se calcula por cada semestre que falta para cumplir 65 años. En convocatorias anteriores, la cuantía por autorización fue de 30.000 euros.

Parte de las solicitudes quedaron fuera por agotamiento del crédito y otras por no cumplir los requisitos. Quien no esté de acuerdo puede presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes o un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el de dos meses, contados desde el 1 de septiembre.

Marta Uriarte Elizondo

Escrito por

Marta Uriarte Elizondo

Redactora

Graduada en ADE por la Autónoma y emprendedora frustrada (dos veces). Coleccionista de pitch decks, cafetera y optimista pese a las estadísticas; en Diario Empresas firma las pymes y las startups.